Renta Financiera: en qué consiste y qué tenés que saber

Renta Financiera Impuesto a las ganancias 2019

Renta Financiera: en qué consiste y qué tenés que saber

Se creó un nuevo impuesto que grava la renta financiera obtenida por personas físicas o sucesiones indivisas.

En virtud de la sanción de la Ley 27.430 se introdujeron diversas modificaciones a la Ley de impuesto a las ganancias, incorporando al objeto del impuesto la renta financiera obtenida por personas físicas o sucesiones indivisas, con lo cual a partir del período fiscal 2018 están alcanzados los intereses, rendimientos y resultados obtenidos. La medida fue reglamentada por la resolución general 4468/2019.

[PRÓRROGA JUNIO 2019] El vencimiento de la presentación de la declaración jurada será el 19 de julio, sin importar la terminación de CUIT.

Sin embargo, las fechas de pago serán:

  • 21 de junio para las CUITs terminados en 0, 1, 2 y 3;
  • el 24 para las CUITs terminados 4, 5 y 6 y
  • el 25 para las CUITs terminados 7, 8 y 9.

El Impuesto Cedular (impuesto a la renta financiera) comprende a todas las personas que hayan obtenidos resultados provenientes de:

  • Rendimientos por colocaciones financieras (Son los intereses obtenidos de Plazos Fijos, Títulos Públicos, Fideicomisos financieros, Obligaciones negociables). Están alcanzados por una alícuota del 5% si son en pesos y sin cláusula de ajuste y a una alícuota del 15% cuando sean en moneda extranjera o en moneda nacional con cláusula de ajuste.
  • Resultados obtenidos por la compra venta de Títulos Públicos, Obligaciones Negociables, Acciones, Bonos, Fondos Comunes de Inversiones, Fideicomisos y Criptomonedas: Tributan, siempre que la ganancia obtenida sea de fuente argentina, el  5% si es en pesos y sin cláusula de ajuste y el 15% en el caso de que sea en moneda extranjera o en pesos con cláusula de ajuste. Las ganancias derivadas de operaciones con acciones que no cumplan con los requisitos de exención estarán alcanzadas con una alícuota del 15%.
  • Si las rentas obtenidas por la compraventa de Acciones, Títulos Públicos fueran de fuente extranjera estarán alcanzados por la alícuota del 15%.
  • Dividendos: Retención del 7% para los ejercicios 2018-2019 y del 13% para los ejercicios iniciados a partir del 2020 por parte de las entidades pagadoras de los dividendos (que coticen o no en Argentina; incluyen a los ADR)
  • Rentas obtenidas por enajenación y transferencia de derechos sobre inmuebles: Las ganancias obtenidas por la venta de inmuebles adquiridos a partir del 01/01/2018 tributará a la alícuota del 15%.

Como exenciones sólo quedan:

  • Los intereses originados por depósitos en caja de ahorro.
  • Compraventa de acciones y CEDEARs, siempre que las operaciones se realicen en Bolsas autorizadas por la CNV.

El mínimo no imponible es coincidente con el minimo no imponible de Deducciones Personales del Impuesto a las Ganancias, que para el período 2018 es de $ 66.917,91.

Si tenés dudas, llamanos al (011) 4788-2865 o completá el formulario y nos comunicaremos al instante:



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