Novedades Monotributo 2018

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Novedades Monotributo 2018

Actualizaciones a tener en cuenta para el 2018: Pago electrónico obligatorio, Factura Electrónica, Recategorización de Oficio, Recategorización o confirmación y más.

Pago electrónico obligatorio

Los monotributistas deberán pagar obligatoriamente en forma electrónica las cuotas mensuales.
Desde este mes de mayo: los monotributistas de las categorías D y E.
Los de más altos ingresos – F, G, H, I, J y K – ya estaban obligados.
A partir de noviembre de 2017, los de las categorías A, B y C deberán cumplir con la misma exigencia.

La medida busca bancarizar los pagos mensuales de los contribuyentes acentuando controles.

Las modalidades de pago son:
Transferencia electrónica de fondos,
Débito automático en cuenta bancaria o tarjeta de crédito,
Pago con tarjeta de crédito o débito,
Cajeros automáticos de entidades bancarias
Todo pago electrónico que se defina en el futuro «admitido o regulado por el Banco Central de la República Argentina e implementado por la AFIP.
De no contar con estas posibilidades, los monotributistas pueden abrir una caja de ahorro fiscal gratuita, principalmente por parte del Banco Nación Argentina.

Factura Electrónica

Hoy rige como obligatorio a partir de la categoría H, pero se extenderá la exigencia desde junio próximo a las categorías F y G.

Recategorización de Oficio [ACTUALIZADO]

La AFIP ahora puede hacer reconversiones automáticas a una categoría superior a la registrada, basado en acreditaciones de ingresos en cuentas bancarias y de gastos personales por medio de movimientos de esas cuentas, como de consumo con el uso de tarjetas de crédito y compra, y de pago de servicios en entidades no bancarias autorizadas. La modificación ocurrirá cuando se presuman ingresos un 20% superiores a la categoría para el caso de los prestadores de servicios; y de 30% para los que se dedican a la venta de bienes muebles.

El contribuyente podrá justificar esos movimientos sin haber variado la facturación máxima que admita su encuadramiento, a través del sitio de internet de la AFIP, en los primeros 30 días de notificado a través del domicilio electrónico; o hasta 15 días de haber sido intimado. De no ser aceptado el descargo, la medida podría tener efecto retroactivo a la fecha en que el organismo recaudador detecte que se produjo el desvío, y por tanto deberá pagar la diferencia desde entonces entre los pagos por mes y el que corresponde a la nueva categoría de Monotributo.

La fecha de inicio de la recategorización era mediados de octubre, sin embargo, se ha prorrogado hasta enero. Se esperará hasta ese mes, ya que al mismo tiempo se actualizarán los valores de cuota mensual y las franjas por categoría, que subirán 28%.

Domicilio Fiscal Electrónico

Pasó a ser obligatorio para los nuevos monotributistas, mientras que para los ya adheridos, se fijó un plazo para su declaración hasta el 30 de septiembre de 2017. Por esta vía, en la que será de suma importancia registrar un correo electrónico y una línea de telefonía móvil, la AFIP comunicará las notificaciones de cambios en los datos del titular, aunque a través del nuevo portal «Mi Monotributo», cada inscripto podrá acceder los martes y viernes de 0 a 24 horas y conocer «todo lo que la AFIP sabe de él», como el cambio de categoría de oficio.

Recategorización o confirmación

Se suprimieron las fechas cuatrimestrales y se fija un mes obligatorio para todos los casos: septiembre, a través de una Declaración Jurada proforma. Desde este año, el Monotributista podrá modificar su condición todos los meses, con efecto a partir del mes siguiente. Sólo estarán eximidos de esta exigencia quienes se adhieran en los 4 meses anteriores al vencimiento de la obligación. «A la finalización de los cuatrimestres calendario, la AFIP pondrá a disposición del pequeño contribuyente de la información que posee sobre su situación tributaria, a través del sitio Web institucional y mediante la remisión de alertas al Domicilio Fiscal Electrónico».

Se suprime la Declaración Jurada Informativa Cuatrimestral

Porque los datos del monotributista serán ajustados de oficio o voluntariamente, y corroborados todos los septiembre, haya registrado o no cambios en los niveles de facturación comprendidos en su categoría.

Incumplimiento

La omisión de la nueva reglamentación impedirá al contribuyente y a sus clientes obtener la constancia de opción de Monotributo, aunque deberá seguir pagando el cargo mensual.

Actualización de valores

Desde 2018 los parámetros se actualizarán todos los septiembre, considerando las dos variaciones en el año del índice de movilidad jubilatoria, y regirá desde octubre.

Excluidos

Podrán reingresar al Monotributo hasta el 31 de mayo los desafectados de oficio en 2016, por haber incumplido con los pagos mensuales; haber sufrido una sentencia judicial; o haber excedido el monto máximo de facturación admitido que era de hasta $400.000 por año para los prestadores de servicios y de hasta $600.000 para los vendedores de bienes muebles; y también los autoexcluidos en el último año por haber excedido cualquiera de los parámetros vigentes.

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