Tabla de Autónomos

Tabla de Autónomos

#EstudioContabledelAmoINFORMA

Por el DNU 274/2024, a partir de abril de 2024 tendrá un mecanismo de actualización mensual de acuerdo a las  variaciones del IPC emitido por el INDEC.

Recordemos que, a diferencia de lo que ocurre con el Monotributo, el pago de la cuota de Autónomos es pagada a mes vencido (ver Calendario).

Los trabajadores autónomos deberán recategorizarse anualmente, durante el mes de mayo, en función a los ingresos brutos obtenidos durante el año anterior (RG N° 2217 (2007)).

Los responsables inscriptos deberán discriminar el IVA cuando facturan operaciones a monotributistas, entregando facturas «A». (RG N°5003/2021)

TABLA AUTÓNOMOS VIGENTE

Grupos de ActividadesIngresos brutos anualesTablaCategoríasDesde Abril 2024
Dirección, administración o conducción de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipoMayores a $30.000IV135.372,39
$15.000 a $30.000IIV98.453,04
Hasta $15.000IIII61.533,18
Actividades no incluidas en el punto anterior, que constituyan locaciones o prestaciones de serviciosMayores a $20.000IIII43.072,94
Hasta $20.000III30.766,86
Resto de las actividades no comprendidas en los puntos anterioresMayores a $25.000IIIII43.072,94
Hasta $25.000IIII30.766,86
Afiliaciones voluntariasSin limitaciónI30.766,86
Menores de 21 años hasta 18 añosSin limitaciónI30.766,86
Jubilados por la Ley 24.241Sin limitaciónI25.959,54
Amas de casa que opten por el aporte reducido previsto en la Ley 24.828Sin limitaciónI10.576,11
Trabajadores Autónomos con actividades riesgosas o penosasI'(I Prima)
33.651,25
II'(II Prima)
47.111,03
III'(III Prima)67.301,92
IV'(IV Prima)107.683,01
V'(V Prima)148.063,55

 

Indicaciones de AFIP de cómo y dónde pagarlo.

Fuente: AFIP