05 May Descontar el Impuesto a las Ganancias en PyMES
La Secretaría de Emprendedores y PyMEs del Ministerio de Producción anunció hoy que extenderá el plazo para que las PyMEs puedan descontar del Impuesto a las Ganancias hasta el 10% del monto de sus inversiones.
Las personas físicas y las personas jurídicas con cierre de ejercicio entre julio y noviembre de 2016 podrán acceder al beneficio hasta el 31 de mayo de 2017. Por su parte, las personas jurídicas que cerraron su ejercicio en el mes de diciembre de 2016, tendrán tiempo hasta el 15 de mayo. El beneficio aplica para las inversiones productivas realizadas entre el 1° de julio de 2016 y el 31 de diciembre de 2018.
“La gran mayoría de las PyMEs en la Argentina cerró su ejercicio el 31 de diciembre y se encuentra en condiciones de acceder al régimen de fomento a las inversiones. Es un beneficio que queremos que todas las empresas aprovechen, por eso extendemos el plazo de solicitud”, aseguró Carolina Castro, Subsecretaria de Política y Gestión PyME.
Las empresas pueden computar como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias hasta el 10% del monto de la inversión en bienes de capital y obras de infraestructura; y en la medida que permanezca el crédito de esas inversiones como saldo a favor en la Declaración Jurada de IVA, pueden recibir un bono de crédito fiscal para descontar contra deudas impositivas y aduaneras.
Para acceder, las PyMEs deben estar inscriptas en el Registro PyME (www.afip.gob.ar/pymes) y tener habilitada la plataforma Trámites a Distancia (www.tramitesadistancia.gob.ar).