01 Nov ATP 7 del 29 de octubre al 4 de noviembre. Grandes Cambios
Renovaron el ATP, pero con grandes cambios en lo que respecta a la Asignación del Salario. Apunta fundamentalmente a empresas de sectores críticos.
Si bien el programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) está compuesto de varias medidas, la fundamental siempre fue la Asignación Compensatoria del Salario, en la que el Estado paga la mitad o un porcentaje del Salario del empleado.
Se abrió la inscripción para la nueva etapa (ATP 7) del 29 de octubre al 4 de noviembre, PERO esta vez (y entiendo que regirá en adelante) se otorgará el Salario Complementario SÓLO a empleados de empresas de sectores considerados críticos (salud, cultura, entretenimiento, turismo, gastronomía, transporte de larga distancia, peluquerías, etc) si registraron una variación negativa en su facturación entre los meses de septiembre 2019 y septiembre de 2020 (además de la reducción del 95% de las contribuciones patronales con destino al SIPA).
Para los que no pertenecen a rubros de actividades consideradas críticas y muestren una variación negativa en la facturación entre septiembre 2019 y septiembre 2020, pueden acceder a un crédito a tasa del 27% TNA (además de la postergación del pago de las contribuciones patronales con destino al SIPA).
Para todos los que muestren una variación positiva en su facturación de hasta el 35% entre los meses de septiembre 2019 y septiembre de 2020, pueden acceder a un crédito a tasa del 33% TNA.
Las otras medidas que integran el ATP son:
- Créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos
- Reintegro de los créditos a tasa subsidiada convertible otorgados en septiembre
- Sistema integral de prestaciones por desempleo
Fuente AFIP Fuente Boletín Oficial Fuente Ministerio de Producción